¿Se debe proteger a las viviendas o a las personas?
En estos momentos el Ministerio de Fomento está iniciando el estudio de un nuevo plan de vivienda.
Es este el momento en el que deben marcarse los objetivos a conseguir, las finalidades últimas de la política estatal en el ámbito de la vivienda. Es este el momento, a mi juicio, en el que debe analizarse correctamente la situación y no dejarse arrastrar por objetivos secundarios, totalmente legítimos pero desenfocados.
Es este el momento en el que deben ponerse el foco no en las viviendas sino en las personas. Este enfoque supone un órdago a la política de vivienda ejecutada en las últimas décadas. Lo importante, a mi juicio, no son las viviendas sino las personas que habitan en las mismas.
La política de vivienda durante muchos años estuvo centrada en la construcción de viviendas, viviendas dotadas de una determinadas características (superficie, precio máximo de compra, etc.) y que debían estar usadas como domicilio habitual y permanente por personas físicas que dispusiesen de recursos limitados. El acento se ponía en la vivienda, siendo el usuario el complemento necesario de la vivienda, de tal manera que cuando la vivienda no encontraba usuario se quedaba y se queda vacía.
El Plan de Vivienda 2013/2016 abandonó en parte esta orientación, huyendo de la promoción de viviendas protegidas salvo casos específicos como las promoción de viviendas protegidas para alquiler (programa de fomento del parque público de vivienda de alquiler).
Las viviendas construidas de acuerdo a este programa permitirían ofrecer una solución para los casos más extremos, aquéllos en los que no se alcanza, entre todos los miembros del hogar, un umbral mínimo de rentas. Este programa responde a la idea del alquiler social, tan en boga en los medios de comunicación, y que supone el establecimiento de un límite al precio del alquiler, que oscilará entre 4,7 euros por metro cuadrado para el alquiler en rotación y 6 euros para el alquiler protegido.
Sobre el fracaso de este programa puede consultarse la entrada «El Parque Público de Vivienda en Alquiler tendrá que esperar».
De acuerdo a lo hasta ahora publicado el nuevo plan 2018/2021 tendrá tres objetivos fundamentales:
- La introducción de ayudas al alquiler para afectados por desahucios y para los colectivos sociales más vulnerable a través de la creación de un fondo social de viviendas.
- El mantenimiento de lasayudas al alquiler hasta ahora existentes, con una modificación de gran importancia que facilitará la gestión: se permitirá que el pago no sea mensual.
- Las ayudas a la rehabilitación.
Sobre las orientaciones del nuevo plan de vivienda 2018/2021 puede consultarse la entrada «Primeras notas sobre el futuro Plan de Vivienda 2018/2021».
Las ayudas al alquiler cumplen, a mi juicio, el principio sobre la que versan estas líneas: la primacía de las personas sobre las viviendas, se ayuda a personas que necesitan alquilar una vivienda. No obstante, tengo algunas dudas sobre la creación del fondo social de viviendas.
Por el contrario, las ayudas a la rehabilitación tienen por último destinatario a los edificios, objetivo loable pero desenfocado a mi juicio. Lo relevante es la ayuda a las personas que necesitan rehabilitar sus edificios. Pudiese alegarse en contra de esta tesis que, en definitiva, de una forma u otra, se fomenta la rehabilitación de los edificios, edificios sujetos a determinadas patologías (ausencia de ascensor, falta de eficiencia energética, etc.). En efecto, se rehabilitan edificios necesitados, pero la cuestión es si las personas que habitan en dichos edificios necesitan ayudas para acometer tal rehabilitación o si, dentro de los propietarios de tales edificios, todos ellos necesitan ayudas públicas. A mi juicio, este es el desenfoque del problema. No hay nada más que observar los edificios que se están rehabilitando para comprender que en muchos de ellos sus propietarios no pertenecen al colectivo de personas necesitadas, evidentemente solo aquellos propietarios que dispongan de cierta liquidez pueden acometer reformas de sus edificios con el objeto de mejorar su envolvente térmica por poner un ejemplo.
Pudiera alegarse que lo importante es la rehabilitación, motor por otro lado de creación de puestos de trabajo. Pero, dado que los recursos presupuestarios son escasos, lo importante es ayudar a quienes más lo necesitan, incluso de forma total. En muchos casos, se abusa de la fragmentación de las ayudas económicas con el objetivo de aumentar el número de destinatarios, impidiendo que aquellos más necesitados puedan acometer obras de rehabilitación. Es más, en muchos casos la mejor ayuda para los propietarios sin dificultades económicas no es tanto la obtención de una subvención como el aseguramiento de que las derramas de todos los propietarios se pagan, en especial, de aquellos que tiene pocos recursos.
El foco debe ponerse en las personas. Pero estas personas deben ser solidarias con la sociedad que les ayuda.
Esto quizá sorprenda. En algunos casos, los beneficiarios de ayudas públicas pasan a mejor fortuna, son personas que en su momento necesitaron de la ayuda de la sociedad en forma de subvenciones pero que ahora no lo necesitan. Estas personas deberían contribuir en especial a la financiación de las ayudas de los que las necesiten en momentos posteriores.
Esta situación se produce respecto a algunos propietarios que adquirieron viviendas protegidas hace años, propietarios que necesitaron de un impulso para adquirir una vivienda pero que han mejorado su situación económica. Al respecto, hace años me preguntó un propietario de una vivienda de régimen especial para cuya adquisición debió acreditar que sus ingresos no superaban 2,5 veces el IPREM, cómo era posible que su vecino fuese director de la empresa «X» y que tuviesen tres coches, y uno de ellos fuese de los que te quedas mirando.
Estos propietarios deberían devolver, al menos parcialmente, a la sociedad las ayudas percibidas para que sean distribuidas entre los nuevos necesitados. En definitiva, las subvenciones deberían articularse como ayudas transitorias a las personas necesitadas, ayudas que deberían ser reintegradas en caso de que su situación económica mejore ostensiblemente.
Veamos un ejemplo fácil de comprender: supongamos una familia con ingresos reducidos (15.000 euros), propietaria de una vivienda que necesita una rehabilitación urgente por valor de 30.000 €, para la que obtiene una ayuda del 80 % (24.000 €).
Es fácil entender que con unos ingresos de 15.000 € difícilmente puede acometerse una rehabilitación de tal envergadura. También lo es que las ayudas públicas a esta familia deben ser elevadas porque de nada le servirá percibir una subvención del 10% (3.000 €).
Posteriormente, la situación económica de la familia varía, pasando a obtener unos ingresos de 60.000 euros anuales ¿A alguien le parece descabellado que esta familia tenga que devolver la subvención que le ayudó a rehabilitar su vivienda?
Reconozco que es una opinión contracorriente y supone un cambio de orientación respecto a lo hasta ahora legislado.
Se admiten críticas.
Categorías:Plan de Vivienda